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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 000993-2025

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
25 de junio de 2026
Expediente
000993-2025
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La defensa técnica invocó el estado de embriaguez y drogadicción del sentenciado como una supuesta circunstancia atenuante privilegiada para reducir la pena por debajo del mínimo legal. Al respecto, la Sentencia Plenaria Extraordinaria 1-2018/CIJ-116 ha precisado que nuestro Código Penal no regula taxativamente las atenuantes privilegiadas, aun cuando doctrinalmente se sostenga que el legislador debería incorporarlas. En su lugar, dicha doctrina jurisprudencial establece que el estado de alteración de la conciencia constituye, en puridad, una causal de disminución de la punibilidad; sin embargo, para que esta figura resulte aplicable, es un requisito indispensable que dicho estado se encuentre plenamente acreditado de forma objetiva en el proceso. Por tanto, al no obrar en los actuados ninguna pericia o medio probatorio que demuestre que el agente actuó bajo tales efectos al momento de loshechos, el agravio no es de recibo

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000993-2025, resolución del 25 de junio de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=419769b2-2fa7-4a1d-aeb9-1af69f3c12bc.

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