EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000468-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 20 de agosto de 2025
- Expediente
- 000468-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
1. No consta dato alguno que revele que la niña le dijo que contaba con catorce años, además si el imputado la conocía, sabía del grado escolar en que se encontraba y fue contratado por los padres de la niña para prestarle movilidad -lo que le otorga una exigencia de respeto, cuidado y protección de una niña a quien debía trasladar a su colegio-, no tiene base objetiva sostener que la agraviada le proporcionó una información falsa acerca de su edad y que, por tanto, incurrió en un error de tipo. La minoría de edad de la agraviada A.S.J.S. está demostrada con el acta de nacimiento respectiva -la pericia de antropología forense revela que su edad es coincidente: trece años-. Ella en ningún momento refirió que existía algún vínculo sentimental con el imputado KENNY SANTIAGO ARAOZ VERA -que aceptó sus proposiciones amorosas, de ser su enamorado- y, menos, que le dijo que ya tenía catorce años de edad -a las preguntas del imputado, la agraviada le hizo saber que cumpliría trece años en el m
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000468-2022, resolución del 20 de agosto de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=3e5de669-271d-4e60-ae79-d7daa6c5d7e8.