EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000625-2020
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 22 de noviembre de 2021
- Expediente
- 000625-2020
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
1. El artículo 425, numeral 3, del CPP autoriza a la Sala Penal Superior, en el ejercicio de su poder de apelación, anular, todo o en parte, la sentencia recurrida y disponer se remitan los autos al Juez que corresponda para la subsanación a que hubiere lugar. Ello significa que si se anula la sentencia de primera instancia corresponde repetir el plenario, el cual necesariamente debe cumplir con los principios de contradicción e inmediación en la actuación de la prueba personal que debe repetir. El criterio rector permanece inalterable: solo es posible utilizar una declaración no actuada ante el órgano judicial decisor (i) en los casos de prueba anticipada (irrepetibilidad previsible), y (ii) interrogatorios que devienen irrepetibles por causas no previstas en el momento original, causas de tal importancia que impiden absolutamente o imposibilitan gravemente llevar al testigo o perito al juicio oral para ser sometido a interrogativo contradictorio (irrepetibilidad imprevisible: muerte, desaparición, enfermedad que imposibilita el interrogatorio, etcétera). 2. No resulta ilegal ni irrazonable que el órgano jurisdiccional pueda asumir como útil y preponderante entre dos declaraciones contradictorias de una misma persona por los mismos hechos aquella que estime más creíble o atendible, en tanto en cuanto la declaración sumarial o prestada en el procedimiento de investigación preparatoria cumplió con las garantías debidas y se incorpore, de uno u otro modo, al plenario contradictorio, como sucedió en el sub judice. La exigencia epistémica de corroboración del testimonio incriminador es vital para superar esta debilidad del testimonio y, en el presente caso, tal exigencia ha sido cumplida y así lo ha hecho notar el Tribunal Superior; luego, su argumentación no ha sido incompleta, insuficiente o irracional
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000625-2020, resolución del 22 de noviembre de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=3ce6d339-fc9e-4e36-985f-fb03411957ce.