EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000092-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 13 de setiembre de 2022
- Expediente
- 000092-2022
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Apelación bien concedidaI.El artículo 405, numeral 3, del Código Procesal Penal autoriza a los órganos jurisdiccionales ad quem a controlar la admisibilidad de los recursos impugnatorios.II.El recurso de apelación del once de mayo de dos mil veintidós cumple con lo preceptuado en los artículos 404, 405 y 414 del Código Procesal Penal, respecto a la facultad para recurrir a las formalidades y al plazo respectivo.El objeto impugnable (es decir, auto que declaró infundada la solicitud de cese de la suspensión en el ejercicio del cargo) está comprendido en el artículo 416, numeral 1, literal e, del Código Procesal Penal; se tiene como propósito dilucidar la presunta transgresión de principios y garantías jurisdiccionales.Por lo tanto, la impugnación se declara bien concedida.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000092-2022, resolución del 13 de setiembre de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=3c241d27-983c-4ccf-9a9a-93c44f0c128d.