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EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000153-2023

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
26 de setiembre de 2023
Expediente
000153-2023
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La recurrente cumplió con los presupuestos objetivos y subjetivos estipulados en los artículos 404 y 405 del Código Procesal Penal, respecto a la facultad para recurrir y las formalidades concernidas. Se precisó el objeto impugnable del recurso presentado, conforme a lo previsto en el artículo 416 del código citado. Corresponde el trámite, según lo establecido en el artículo 421, numeral 2, del mismo cuerpo normativo.Asimismo, respecto a la solicitud de suspensión provisional de la condena, la referida incidencia es admisible desde lo dispuesto por el artículo 418, numeral 2, del Código Procesal Penal, por lo que es de rigor darle el trámite de ley para decidir su fundabilidad. En virtud del principio de bilateralidad es menester un trámite contradictorio específico, sin alterar la continuación del procedimiento de apelación, por lo que, en este punto, debe correrse traslado al Ministerio Público por tres días y, una vez cumplido con dicho requisito, decidir lo pertinente.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000153-2023, resolución del 26 de setiembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=3ace4221-5f43-48d0-94e5-53254c30d494.

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