EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000014-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 7 de octubre de 2025
- Expediente
- 000014-2025
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
I. El desistimiento debe ser desaprobado y se procederá a resolver la impugnación, por cuanto, de aceptarla, se engendraría un proceso indebido de ejecución de la condena civil, que por mandato imperativo del artículo 92 del Código Penal el juez está obligado a garantizarlo, vulnerando, además, el principio lógico de no contradicción.II. La premisa referida a que los intereses legales son parte integrante de la reparación civil es válida desde una interpretación sistemática de las mencionadas normas (penal y civil). Asimismo, es pacífica también, a partir de aquellas, la conclusión que el monto de la indemnización devenga intereses legales desde el día en que se produjo el daño.III. La reparación civil en un proceso penal tiene naturaleza civil, ya que busca indemnizar el daño causado por el delito. En efecto, corresponde aplicar supletoriamente el citado artículo 1985 del Código Civil,
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000014-2025, resolución del 7 de octubre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=395090c2-5d5c-465f-bdf4-e31a3f93f5a6.