EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003217-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 4 de julio de 2025
- Expediente
- 003217-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. El principio de publicidad y el de transparencia exige que las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales deben ser de conocimiento público, tal como se cumplió con hacerlo en la página web del Poder Judicial, y de este modo dar cuenta pública de las decisiones judiciales y de su sentido y explicación, así como cumplir con el derecho a la información. 2. En sí misma, la publicación de una sentencia, dictada en el marco de un proceso jurisdiccional, no importa una interferencia ilegitima en el derecho a la privacidad y de tratamientos de datos personales de quien resultó condenada por sentencia firme. 3. La exigencia de colgar las sentencias en la página web del Poder Judicial, además, fluye de los mandatos de la ley (Decreto Legislativo 1342) y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003217-2022, resolución del 4 de julio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=37d76f8d-632e-4574-acd1-758000ff3026.