EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000111-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 5 de abril de 2022
- Expediente
- 000111-2021
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Apelación bien concedida. El recurso de apelación del treinta de noviembre de dos mil veintiuno cumplió con lo preceptuado en los artículos 404, 405 y 414 del Código Procesal Penal, respecto a la facultad para recurrir, a las formalidades y al plazo respectivo.El objeto impugnable (es decir, el auto que declaró infundadas las excepciones de improcedencia de acción deducidas) está comprendido en el artículo 416, numeral 1, literal b), del Código Procesal Penal.Asimismo, se cumplió con correr traslado a las partes apersonadas en esta instancia suprema, según el decreto del veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno y las notificaciones respectivas. Por lo tanto, la impugnación se declara bien concedida.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000111-2021, resolución del 5 de abril de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=371591c3-3534-490d-aeca-c97dbdbc3809.