EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000817-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 28 de enero de 2019
- Expediente
- 000817-2018
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
Aun cuando se aplicasen los artículos 45-A y 46 del Código Penal, referentes al sistema de tercios, la pena concreta no se ubica por debajo de los treinta y cinco años, tal como se fijó en la resolución recurrida en nulidad. En tanto estamos ante un concurso real de delitos, es aplicable lo dispuesto por el artículo 50 del Código Penal, vigente al momento de la comisión de los hechos, el cual prescribía que se imponga la pena del delito más grave, tomándose en cuenta los otros delitos. Esto es, luego de fijar la pena a imponer por el delito más grave, esta se ha de agravar aún más, al tomarse en cuenta los demás delitos perpetrados.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 000817-2018, resolución del 28 de enero de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=365c479e-d2c0-4fbf-9cbf-92a828e02494.