EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001911-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 4 de setiembre de 2024
- Expediente
- 001911-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
1. El principio acusatorio, integrante de la garantía del debido proceso, exige, en relación al título acusatorio, que el órgano jurisdiccional debe respetar, relativamente, el delito acusado, de modo que puede variarlo, previo trámite de planteamiento de la tesis y traslado a las partes, pero cuyo límite es la homologación del bien jurídico o interés jurídico tutelado entre título acusatorio y título condenatorio (relación de homogeneidad). De modo absoluto debe respetarse los hechos acusados y, también relativamente, el límite de la pena requerida por el fiscal, salvo que ésta sea ilegal. Así se desprende del artículo 397 del CPP. No se puede condenar por un delito distinto (no homogéneo), que tutela un bien jurídico o interés jurídico diferente, pues ello importaría un cambio cualitativo del hecho normativo. 2. El delito de peculado tutela no solo el patrimonio público, sino sobre todo el correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado -importa la apropiación con cará
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001911-2023, resolución del 4 de setiembre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=3615d3fe-08aa-45a7-ad44-8688cd469a74.