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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000131-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
6 de junio de 2025
Expediente
000131-2024
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Es patente que, conforme al artículo 80 del Código Penal, se tiene en cuenta el máximo de la pena fijada por la ley para el delito, si es privativa de libertad; que la interrupción de la prescripción, según el artículo 83 del Código Penal, exige actuaciones del Ministerio Público que identifiquen razonablemente los hechos e identifiquen mínimamente al presunto imputado y se enuncie, aun cuando genéricamente, la conducta que demanda la persecución penal –no es aceptable el inicio genérico de diligencias preliminares sino la sindicación de una conducta con cierto margen de concreción a una determinada persona–, lo que no se dio en el sub lite hasta el diecinueve de octubre de dos mil veintiuno, fecha de la emisión de la disposición 57; que al diecisiete de marzo de dos mil seis y si se tiene como límite el diecinueve de octubre de dos mil veintiuno ya transcurrieron más de quince años. Es de acotar los hechos ocurrieron en el marco de la vigencia de la Ley 26713, de veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa y seis, puesto que a estos efectos rige el tipo delictivo vigente al momento en que se actúa –en el momento de la acción–, conforme al artículo 9 del Código Penal(teoría de la acción); que, en efecto, el indicado precepto se configuró como un delito de resultado de peligro (peligro concreto), lo que recién se varió a partir de la Ley 29758, de veintiuno de julio de dos mil once, que configuró dos supuestos, uno, simple, de peligro abstracto, y, otro, de lesión o de resultado lesivo.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000131-2024, resolución del 6 de junio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=34f1976a-3fb5-4f9c-8849-ab5dcec9890f.

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