EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001699-2017
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 27 de setiembre de 2018
- Expediente
- 001699-2017
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
SUMILLA. El Tribunal Constitucional, en el Expediente número cero dos mil novecientos ochenta y nueve-dos mil doce-PA/TC, ha establecido criterios para evaluar la legitimidad constitucional del mantenimiento de la medida de incautación de los bienes en el marco de un proceso penal respecto de un tercero o de un afectado ajeno al mismo. Así, en los casos en los que se encuentra objetivamente acreditada la no vinculación absoluta del propietario del vehículo con los hechos investigados, el mantenimiento de la medida de incautación sobre el vehículo, más allá de la necesaria etapa investigatoria, constituye una limitación ilegítima en el derecho de propiedad, por lo que corresponde su devolución. En el caso en concreto, don Heriberto Chávez Domínguez adquirió el vehículo bajo el principio de la buena fe. En el proceso no se ha demostrado la naturaleza ilícita de bien. El solicitante del reexamen es un tercero ajeno a la relación procesal penal. En consecuencia, resulta correcta la devoluc
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001699-2017, resolución del 27 de setiembre de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=34aea65c-4fcd-4522-bfb4-10f152798707.