Saltar al contenido
JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 000434-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
28 de octubre de 2020
Expediente
000434-2019
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Crímenes de lesa humanidad, terrorismo y vigencia de la acción penal. La aplicación de lo regulado en los artículos 119 y 121 del Código Penal de 1924, conlleva la realización del siguiente cálculo: el plazo de prescripción ordinario era de veinte años, mientras que el plazo de prescripción extraordinario fue de treinta años.El resultado del cotejo entre la fecha del ilícito y el mencionado cómputo de prescripción extraordinario, evidencia que la acción penal contra FÉLIX AROSTE PAUCAR, HIGIDIO AVENDAÑO JUÁREZ, ANTONIO RAMOS QUISPE y JUAN ALEJANDRO OSORIO PRADA por el delito de terrorismo solo estuvo vigente hasta el nueve de agosto de dos mil diecisiete; por ende, es indudable que en la actualidad se ha extinguido por prescripción. Por otro lado, no es posible asignar la calificación internacional de lesa humanidad. La razón es que, si bien revisten suma gravedad y son reprochables penalmente, al haberse desplegado el mayor grado de desvaloración en el ordenamiento jurídico, los h

Documento oficial

Abrir en otra pestaña ↗

La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.

Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 000434-2019, resolución del 28 de octubre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=3342db7c-bd1a-466f-ad21-fa620a3acbcb.

Recurso de Nulidad N.º 000434-2019 · JusWeb