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EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000114-2022

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
7 de febrero de 2023
Expediente
000114-2022
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. La prueba personal, en su totalidad, ha sido citada y apreciada por el Tribunal de Instancia. El órgano judicial de primera instancia, en la sentencia recurrida, obtuvo de ella el correspondiente elemento de prueba y, además, hizo un análisis de credibilidad o atendibilidad, así como también realizó el examen de conjunto para obtener el resultado probatorio final. No es verdad que algunas testimoniales no se apreciaron. Todas se analizaron. Es de destacar que una cosa es darles una valoración determinada y otra es que el peso valorativo no sea correcto a juicio de la impugnante. 2. Si bien en materia de prueba personal el Tribunal de Apelaciones no puede realizar una valoración autónoma y otorgarle un valor probatorio distinto al señalado por el Juzgado Penal (ex artículo 425, apartado 2, segunda oración, del CPP), ello en modo alguno significa la ausencia de todo control impugnativo. Dos ámbitos pueden controlarse: (i) la corrección del elemento probatorio obtenido del medio de pr

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000114-2022, resolución del 7 de febrero de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=32319816-6c71-4860-8a76-c76ee4cd3334.

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