Saltar al contenido
JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000018-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
22 de enero de 2024
Expediente
000018-2024
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

I.El mandamus legislativo, constitucional y convencional de revisar oficiosamente la prisión preventiva se debe cumplir (i) cuando no hubiera sido solicitada por el prisionero, la fiscalía o la procuraduría pública dentro del plazo de seis meses -contado desde el inicio de la ejecución de la prisión preventiva, desde la última audiencia en que se discutió su cesación o desde cualquier otro incidente vinculado a su libertad-, o (ii) cuando el órgano jurisdiccional tenga la información cierta de que se modificó el estado de cosas por actuaciones nuevas en el proceso penal.

Documento oficial

Abrir en otra pestaña ↗

La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.

Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000018-2024, resolución del 22 de enero de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=312c640d-d66a-4898-909b-c948c9eac575.

Apelación N.º 000018-2024 · JusWeb