EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000018-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 22 de enero de 2024
- Expediente
- 000018-2024
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
I.El mandamus legislativo, constitucional y convencional de revisar oficiosamente la prisión preventiva se debe cumplir (i) cuando no hubiera sido solicitada por el prisionero, la fiscalía o la procuraduría pública dentro del plazo de seis meses -contado desde el inicio de la ejecución de la prisión preventiva, desde la última audiencia en que se discutió su cesación o desde cualquier otro incidente vinculado a su libertad-, o (ii) cuando el órgano jurisdiccional tenga la información cierta de que se modificó el estado de cosas por actuaciones nuevas en el proceso penal.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000018-2024, resolución del 22 de enero de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=312c640d-d66a-4898-909b-c948c9eac575.