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EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000075-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
2 de abril de 2025
Expediente
000075-2024
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. El artículo 59 del Código Penal establece que la revocación de la suspensión de la pena se produce &-". Luego, lo determinante es, primero, que el incumplimiento se produzca durante el periodo de pru". Luego, lo determinante es, primero, que el incumplimiento se produzca durante el periodo de prueba -que aquí ocurrió-; y, segundo, que se solicite en tiempo hábil por el Ministerio Público, esto es, dentro del período de prueba, lo que también acaeció. 2. Objetivamente la decisión del encausado no vulneró flagrantemente el artículo 59 del Código Penal en los términos del artículo 418 del mismo Código. No hay, pues, delito de prevaricato alguno. Es inoficioso sostener que medió error de tipo vencible, pues ello presupone el cumplimiento de los elementos objetivos del tipo delictivo, lo cual no aconteció. 3. Para entender que se está ante un supuesto de responsabilidad civil se requiere: A. La antijuricidad del comportamiento. B. El daño causado. C. La relación de causalidad adecuada. D

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000075-2024, resolución del 2 de abril de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=30cc4b52-8dc5-4a24-b1dd-ed992b4146e7.

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