EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000341-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 16 de mayo de 2022
- Expediente
- 000341-2021
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. La falsedad ideológica se presenta cuando consta o se hace constar en un acto jurídico, incluso exteriormente verdadero, declaraciones mendaces. El documento no es falso en sus condiciones de existencia, sino que son falsas las ideas que en él se quieren afirmar como verdaderas. 2. El delito de falsedad documental es un delito de peligro, no de lesión, que se consuma cuando se produce la alteración de la verdad y no requiere que esa alteración haya producido sus efectos en el tráfico jurídico, bastando con la puesta en peligro en virtud de la variación producida en la realidad documentada. 3. El tipo penal de falsedad ideológica es un delito común y de dominio, luego, no se requiere una condición especial del sujeto activo ni la vulneración de un deber institucional positivo. Distinto es el caso que el documento cuya falsedad se afirma tiene el carácter público pues se efectuó en el marco de un específico procedimiento en el seno de un organismo público y para fines públicos
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000341-2021, resolución del 16 de mayo de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=2c6191ff-c343-40d5-a8bf-6fa295a91e7e.