EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001228-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 28 de marzo de 2023
- Expediente
- 001228-2021
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
La prescripción puede ser ordinaria yextraordinaria. Con relación a la primera, por regla general, la acción penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena fijada por la ley para el delito, si es privativa de libertad (primer párrafo del artículo 80 del Código Penal). Por su parte,será extraordinaria cuando producida lainterrupción por las actuaciones del. Ministerio Público o de las autoridadesjudiciales, o por la comisión de un nuevo delito doloso, queda sin efecto el tiempo transcurrido. Sin embargo, la acción penal prescribe, en todo caso, cuando el tiempo transcurrido sobrepasa en una mitad alplazo ordinario de prescripción (artículo 83 del CP).
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 001228-2021, resolución del 28 de marzo de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=2b7fbbfc-c2e2-4464-8e9d-aaaaa9e07bda.