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EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA

Extradición Activa N.º 000210-2024

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
29 de octubre de 2024
Expediente
000210-2024
Tipo de recurso
Extradición Activa
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Procedente la solitud de extradición activa. En materia de extradición, entre la República del Perú y la República Bolivariana de Venezuela no existe tratado bilateral de extradición; no obstante, el veinte de febrero de mil novecientos veintiocho, ambos países y otros, suscribieron la Convención sobre Derecho Internacional Privado (Código Bustamante) que regula lo concerniente a la extradición, la cual fue ratificada por ambos países. En observancia de dicha convención, la solicitud de extradición se ciñe a sus pactos y es acorde con la legislación interna del Estado requirente; esto es, el delito es de naturaleza común y no política, el hecho punible se perpetró en territorio peruano y el requerido es nacional peruano, la acción penal no está prescrita y la legislación procesal aplicable es la común, pues su requerimiento tiene como finalidad el juzgamiento del requerido.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Extradición Activa N.º 000210-2024, resolución del 29 de octubre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=2ae93642-0d04-4734-aa5b-3d2cd0bde2af.

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