EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Consulta N.º 000019-2019
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 6 de octubre de 2020
- Expediente
- 000019-2019
- Tipo de recurso
- Consulta
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
Retiro de acusación. El Ministerio Público como sujeto procesal es autónomo en el ejercicio de sus funciones y en el proceso. Por mandato constitucional es el titular de la acción penal pública y como tal tiene la facultad para efectuar una investigación, formular su acusación y/o en su defecto, retirarla.Esta última actividad se halla regulada en los artículos 274 y 275 del CdPP. El primero sostiene que para el retiro de acusación se requiere que en la audiencia se hubiesen producido nuevas pruebas modificatorias de la condición jurídica anteriormente apreciada, y que las razones deben precisarse por escrito.El segundo precepto reza que retirada la acusación por el Fiscal, después de oír al defensor del acusado y al abogado de la parte civil, el Tribunal suspenderá la audiencia para resolver lo que corresponda. Si el Tribunal encuentra fundadas las conclusiones del Fiscal, dictará un auto dando por retirada la acusación y ordenará la libertad del acusado y el archivamiento definit
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Consulta N.º 000019-2019, resolución del 6 de octubre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=28e14827-12ce-416a-ae5f-21f15176750c.