EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000255-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 30 de julio de 2025
- Expediente
- 000255-2024
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
En el caso concreto, como señala el profesor. Stephen Edelston Toulmin, hay unpredicamento dialéctico: mientras que, para laprimera instancia, la declaración de la menorcoloca al juzgador en un escenario de duda,para el juzgador de segundo grado, en cambio,la declaración de la menor no era mendaz, sinocreíble, verosímil y suficientementecorroborada por los galenos. En ese orden decosas, haciendo una deconstrucción de laepistemología basal o simiente de la pruebaactuada y revisada integralmente —in totum—,se aprecia que la prueba científica —pericialmédica y psicológica— no respalda laconclusión de condena de la segunda instancia,en especial en el espacio temporal comprendidoentre julio del dos mil catorce y el veinticuatrode julio de dos mil dieciséis. Más bien consolidaun estado de cosas de insuficiencia probatoriarespecto a la responsabilidad penal delrecurrente RAMOS APAZA, aun cuando norespecto al hecho lesivo contra natura. La dudainsalvable —in dubio pro reo—, insuperable a laluz de todas las pruebas actuadas en suintegridad, no permite erigir una respuestacondenatoria, por lo que debe confirmarse ladecisión absolutoria de primera instancia.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000255-2024, resolución del 30 de julio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=27da3ca6-fbfc-40c5-9644-94a6610dc3df.