EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003489-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 10 de febrero de 2025
- Expediente
- 003489-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
El artículo 425.2 del Código Procesal Penal limita la valoración probatoria de la Sala revisora, pues estableceexpresamente que solo se valorará independientemente la prueba actuada en la audiencia de apelación y las pruebaspericial, documental, preconstituida y anticipada, mas no puede otorgar diferente valor probatorio a la prueba personalque fue objeto de inmediación por el juez de primera instancia, salvo que su valor probatorio sea cuestionado por una prueba actuada en segunda instancia. De esto último queda claro quela Sala Penal de Apelaciones puede revalorar la prueba personal actuada en primera instancia, bajo la condiciónindicada y siempre que haya sido entendida o apreciada conmanifiesto error, de modo radicalmente inexacto, o que haya sido desvirtuada por pruebas practicadas en segunda instancia.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003489-2023, resolución del 10 de febrero de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=25c1daf9-6b21-48c9-abe1-e0a90fd0e8de.