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EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA

Revisión de Sentencia N.º 000143-2018

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
25 de mayo de 2018
Expediente
000143-2018
Tipo de recurso
Revisión de Sentencia
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Conforme a lo estipulado por el artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal, los motivos de revisión no contemplan el supuesto de admisibilidad de la interpretación adecuada de la ley penal -supuesto que sí procede para el recurso de casación-. Por ello, debe desestimarse la demanda interpuesta.Por otro lado, respecto al delito de colusión -artículo trescientos ochenta y cuatro del Código Penal-, si el órgano jurisdiccional corrobora que el autor ha ocasionado un perjuicio patrimonial al Estado, entonces el delito configurado es el de colusión en su modalidad agravada. La ausencia del perjuicio patrimonial, sin embargo, no configura la atipicidad del delito de colusión pues si se acredita el acuerdo colusorio, entonces el delito de colusión en su modalidad simple se encuentra configurada. Por ello, la ausencia de perjuicio patrimonial no implica ipso facto la atipicidad de la conducta.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000143-2018, resolución del 25 de mayo de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=25a89382-efcd-47ae-bc1f-259e38eb9c6b.

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