EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001466-2015
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 9 de mayo de 2016
- Expediente
- 001466-2015
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Es verdad que en el delito de tráfico de influencias, atento el bien jurídico materia de ofensa, corresponde la reparación civil al Estado. Tal conclusión, sin embargo, no importa desconocer que se ocasionó un perjuicio indemnizable a un tercero, víctima del ofrecimiento delictivo y denunciante por el hecho. Quien también es titular del perjuicio, en sentido amplio, agraviada por el delito, y, como tal, por la naturaleza de la reparación civil, le corresponde la indemnización.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 001466-2015, resolución del 9 de mayo de 2016. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=24e348d3-d7c9-4125-8427-e1b1d05f4e72.