EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001920-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 25 de febrero de 2025
- Expediente
- 001920-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
a. El Tribunal revisor, pese a la contundencia de los datos insertos en el requerimiento de acusación y en la sentencia de primer grado revisada por el mismo Tribunal, no verificó que, a la fecha de los hechos, el sentenciado tenía veintiún años, cinco meses y veinticinco días. Esto denota que la Sala de apelaciones actuó en contravención de las garantías constitucionales de tutela jurisdiccional efectiva y debida motivación de resoluciones.b. Bajo tal escenario y teniendo como dato cierto que, a la fecha de los hechos -veinticuatro de junio de dos mil quince-, el imputado Luis Alberto Mamani Mamani tenía más de veintiún años, es evidente que no era aplicable la disminución por debajo del mínimo legal, regulado en el artículo 22 del Código Penal. En otras palabras, el Tribunal Superior aplicó incorrectamente esa normativa. Así, resulta patente que existe una indebida aplicación de la ley penal, por lo que el recurso de casación también debe ser estimado en este extremo.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001920-2023, resolución del 25 de febrero de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=240141d3-2a32-4030-9da1-c2797215e9f6.