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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 002325-2021

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
26 de abril de 2023
Expediente
002325-2021
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. El proceso especial de terminación anticipada está en función a un acuerdo entre el fiscal y el imputado respecto del hecho punible, de la pena, de la reparación civil y de las consecuencias accesorias. En estos aspectos el acuerdo debe ser pleno, salvo en cuanto a la reparación civil en que la agraviada o actora civil -en este caso la Procuraduría Pública Ad Hoc- pueden recurrir cuestionando la legalidad del acuerdo y el monto de la reparación civil -en el presente caso, se cuestionó, desde su ámbito de intervención procesal, el monto de la reparación civil acordada entre la Fiscalía y el imputado-. En este punto, la Sala Penal Superior puede incrementar la reparación civil dentro de los límites de la pretensión del actor civil -en este caso: setecientos mil soles-. Así lo estatuye el artículo 468, apartado 7, del CPP. 2.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002325-2021, resolución del 26 de abril de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=2367c4e2-3d05-492f-8e29-e927862c3b63.

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