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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 000766-2023

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
22 de marzo de 2024
Expediente
000766-2023
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENALLa prescripción se encuentra relacionada con el derecho fundamental a la definición del proceso en un plazo razonable, debido a que el proceso no puede tener una duración indefinida sobre situaciones jurídicas expectantes, por lo cual constituye una autolimitación al poder punitivo del Estado. CÓMPUTO DEL PLAZO PRESCRIPTORIO EN EL DELITO DE TERRORISMO En virtud del principio acusatorio, corresponde a los fiscales, como titulares de la acción penal, determinar de forma clara y precisa los hechos imputados. En este caso, en los dictámenes fiscales se establecieron los hechos objeto de investigación y juzgamiento, y se especificó de manera clara que el último hecho delictivo ocurrió a fines de 1992. En ese sentido, el cómputo de la prescripción se debe iniciar desde esa fecha. Entonces, como transcurrieron más de 30 años, se superó el plazo extraordinario de la prescripción de la acción penal.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000766-2023, resolución del 22 de marzo de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=21c3f756-2a53-445f-8310-61df2a33f9c6.

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