EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000049-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 2 de agosto de 2022
- Expediente
- 000049-2021
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
Prevaricato, dolo, cosa juzgada y nulidad de sentencia absolutoriaa. Desde el plano de la tipicidad subjetiva, la conducta es dolosa. El tipo penal de prevaricato no exige la concurrencia de un elemento subjetivo adicional. En este contexto, se debe acreditar que el sujeto activo, al emitir su decisión, tenía conocimiento de que esta era contraria al texto expreso de la ley.b. Las Resoluciones números 88 y 92 fueron emitidas por la encausada Bethzabel Prins León Espinoza, en su calidad de magistrada del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Huaral; por tanto, eran de su pleno conocimiento. Dichas resoluciones, al ser apeladas, fueron materia de pronunciamiento por el superior en grado, esto es, por el Juzgado de Familia de Huaral; no se evidencia de autos que las decisiones emitidas en alzada hayan sido cuestionadas, motivo por el cual quedaron firmes y adquirieron la calidad de cosa juzgada, conforme lo estipula el artículo 123 del Código Procesal Civil, así como el segundo párrafo de
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000049-2021, resolución del 2 de agosto de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=21bd06b2-4590-4fea-bcfb-520f370eceb8.