EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000095-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 31 de marzo de 2022
- Expediente
- 000095-2022
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Improcedencia de la revisión de sentencia. La acción de revisión procede solo bajo las causales establecidas en el artículo 439 del Código Procesal Penal. Al invocarse la causal prevista en el inciso 4, referida a la prueba nueva, el accionante deberá cumplir con las exigencias inherentes a dicha causal, es decir, que: a) se trate de prueba nueva posterior a la sentencia condenatoria y b) dicha prueba nueva sea capaz de refutar o, valorada conjuntamente con otros medios probatorios, de acreditar la inocencia del sentenciado. En el presente caso, no se cumple el segundo presupuesto, por lo que la revisión planteada debe ser desestimada de plano.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000095-2022, resolución del 31 de marzo de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=21bb02d9-3a14-4bea-9274-4a6185967512.