EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000006-2020
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 5 de abril de 2021
- Expediente
- 000006-2020
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. El delito de tráfico de influencias reales es uno de resultado, por lo que se precisa la percepción del beneficio o de la promesa patrimonial. Entonces, en el presente caso, se está ante una tentativa porque el supuesto intermediario desde un primer momento no aceptó la lógica corrupta que se le planteó y, más bien, denunció los hechos ante la Oficina Descentralizada de Control Interno del Ministerio Público de Ancash, en cuya virtud se montó el operativo de interdicción que dio resultado positivo. 2. Desde esta última perspectiva de determinación de la pena, es de realizar dos operaciones específicas: Primera, ubicar la posibilidad punitiva siempre en un punto inmediato inferior al que corresponde al límite mínimo de la penalidad conminada para el delito de correspondiente (menos de cuatro años de privación de libertad). Segunda, dejar en línea descendente la pena cuyo único límite es la proporcionalidad en función al contenido de injusto y de culpabilidad por el hecho cometido. 3.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000006-2020, resolución del 5 de abril de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=20fa6d4f-b655-4ab6-ab01-74100ec6c0cc.