EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000006-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 5 de febrero de 2019
- Expediente
- 000006-2018
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
1. Desde el tipo objetivo, se tiene que el agente o sujeto activo de la prevaricación debe ser un juez que dicte una resolución en el marco de un proceso jurisdiccional, y esta resolución ha de tener un fundamento de derecho & contundencia, no debe permitir, razonablemente y dentro del ámbit" -el quebrantamiento del Derecho objetivo-. La interpretación de un precepto legal -de cualquier jerarquía normativa y ámbito jurídico-, por su claridad y contundencia, no debe permitir, razonablemente y dentro del ámbito de la ciencia jurídica, una opción hermenéutica alternativa a la que estableció el juez cuestionado. El torcimiento flagrante del derecho es lo esencial en la tipicidad objetiva, no hay en este caso una opción jurídicamente defendible. 2. El dolo no se prueba, se atribuye o se imputa al autor con base en criterios de referencia sociales asumidos por el Derecho Penal. En el presente caso, tratándose incluso de un juez, el conocimiento del Derecho está en función a su propio rol, a lo qu
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000006-2018, resolución del 5 de febrero de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=1ad1eaaa-f82d-4fe7-ad48-bb05545d226a.