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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000625-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
17 de enero de 2020
Expediente
000625-2019
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La agraviada narró con precisión y claridad los cargos contra el imputado; que los datos circunstanciales señalados por la agraviada; que la abuela de la víctima declaró que la denunciando increpó al imputado por su conducta, el mismo que reconoció los hechos y precisó que solo tocó a la agraviada, no la violó; que, finalmente, el protocolo de pericia psicológica acredita el estresor padecido por la víctima como consecuencia de los hechos de abuso sexual en su contra. Existe, por tanto, prueba fiable, plural, concordante entre sí y suficiente para enervar la presunción constitucional de inocencia. Es verdad que algunos testigos negaron haber presenciado cuando, ante la conminación de la denunciante, el imputado aceptó haber tocado a la agraviada; empero, tales versiones no son relevantes desde el conjunto de la prueba actuada. La justificación de la sentencia, respecto de las inferencias probatorias, no presenta vicios en orden a las reglas de la sana crítica racional.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000625-2019, resolución del 17 de enero de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=1843c244-124f-413d-bbcd-75a77695c82e.

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