EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000168-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 12 de setiembre de 2023
- Expediente
- 000168-2023
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
La razón preponderante por la cual no sería aplicable el artículo 222, inciso 1, del Código Procesal Penal radica en que hasta este estadio no se ha determinado indefectiblemente que los bienes en cuestión no tuvieron ninguna relación con el delito que se le imputa, tanto más si, por las máximas de la experiencia, estos bienes son de fácil ocultamiento y se camuflan de diversas maneras, como es el caso de la transferencia u otros mecanismos análogos. En consecuencia, la adopción de la medida resulta idónea, necesaria y proporcional.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000168-2023, resolución del 12 de setiembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=15c346c3-c530-4d4a-a493-bb157e8650dc.