EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000878-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 13 de setiembre de 2024
- Expediente
- 000878-2022
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
1. Respecto del artículo 22 del CP, este Tribunal Supremo emitió el Acuerdo Plenario 4-2016/CJ-116, publicado en El Peruano el diecisiete de octubre de dos mil diecisiete. Las excepciones a su aplicación no tienen fundamento constitucional. En esta perspectiva, se han venido amparando las demandas de revisión cuando se impuso una pena con vulneración de la regla de reducción prudencial de la pena cuando se trata de jóvenes de responsabilidad restringida. 2. Se reconoció que el demandante JOSUÉ ALEXANDER YEREN OJEDA, cuando los hechos contaba con dieciocho años de edad, pero no se le aplicó lo estipulado por el citado Acuerdo Plenario, solo la disminución por sometimiento a la conformidad procesal, materia del Acuerdo Plenario 5-2008/CJ-116. Por tanto, debe aplicársele tal reducción prudencial por imperio de la regla general del artículo 22 del CP.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000878-2022, resolución del 13 de setiembre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=13f1a1a6-47e0-4466-8e53-01ccc0eb068d.