EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000325-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 1 de julio de 2025
- Expediente
- 000325-2024
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1.El ordenamiento procesal autoriza la participación activa de las partes en la etapa de investigación. En tal sentido, el imputado, el agraviado y los demás intervinientes se encuentran autorizados para solicitar al fiscal todas aquellas diligencias que estimen necesarias, siempre que demuestren su utilidad, pertinencia y conducencia en relación con el esclarecimiento de los hechos, como se infiere del artículo 337, numeral 4, del Código Procesal Penal. Si el pedido es rechazado a nivel fiscal, las partes pueden recurrir al juez de la investigación preparatoria a fin de que decida definitivamente sobre la procedencia de la diligencia. Así lo autoriza el numeral 5 del citado precepto. 2.Es claro que la labor del juez, en este caso, ha de consistir en determinar si la diligencia de investigación solicitada responde a los criterios de utilidad, pertinencia y conducencia.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000325-2024, resolución del 1 de julio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=0eb8ced7-4c18-4e0e-8a3c-6dfc88c9353e.