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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 000065-2020

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
2 de febrero de 2021
Expediente
000065-2020
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

Los hechos fueron perpetrados como parte de las actividades de la organización terrorista Partido Comunista del Perú-Sendero Luminoso. Por consiguiente, subyace una unidad jurídica de acción que refleja la continuidad delictiva.La aplicación de lo regulado en los artículos 119 y 121 del Código Penal de 1924, conlleva efectuar el siguiente cálculo: el plazo de prescripción ordinario era de veinte años, mientras que el plazo de prescripción extraordinario fue de treinta años.El resultado del cotejo entre la fecha anotada y el cómputo de prescripción extraordinario referido evidencia que la acción penal CONTRA PEDRO ARANGO CISNEROS o PEDRO ARANGO CERDA, por el delito de terrorismo, solo estuvo vigente hasta el quince de marzo de dos mil diecinueve; por ende, es indudable que en la actualidad se ha extinguido por prescripción. Por otro lado, no es posible asignar la calificación internacional de lesa humanidad.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 000065-2020, resolución del 2 de febrero de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=0708e6cd-6722-4b81-9626-dfde69bd5db0.

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