EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000232-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 20 de setiembre de 2023
- Expediente
- 000232-2023
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
Título. Cesación de prisión preventiva. Elementos. Sumilla. 1. El artículo 283, apartado 3, del CPP estatuye que la cesación de la medida de prisión preventiva procederá cuando nuevos elementos investigativos demuestren que no concurren los motivos que determinaron su imposición y resulta necesario sustituirla por la medida de comparecencia. Este precepto ratifica el elemento de provisionalidad de la medida y la aceptación de la regla rebus sic stantibus: si varían las circunstancias que determinaron su imposición, ésta debe ser reformada por otra medida en función al nivel de la variación, para lo que se tendrá en consideración, prescribe el mismo precepto, las características personales del imputado, el tiempo transcurrido desde la privación de libertad y el estado de la causa. 2. Los nuevos elementos de investigación, base y requisito del pedido de cesación de prisión preventiva, deben tener entidad suficiente para enervar anteriores elementos de investigación o, en todo caso, para
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000232-2023, resolución del 20 de setiembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=0673616c-1b88-485c-bb2c-ce69430254f5.