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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 002288-2019

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
15 de marzo de 2021
Expediente
002288-2019
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

si bien inicialmente se inobservó el procedimiento y la formalidad para la emisión de la sentencia condenatoria de DIOMEDES CÓRDOVA AMASIFUÉN, luego fue válidamente notificado con su texto íntegro y se incluyeron las cuestiones de hecho. Esto le permitió promover su recurso de nulidad, el cual fue admitido y el expediente judicial fue elevado a esta Sala Penal Suprema.El Código de Procedimientos Penales no contiene una disposición específica que sancione con nulidad la sentencia que no es remitida a las partes procesales luego de su lectura. En todo caso, el artículo 124, numeral 4, del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria, estipula que el retardo de su expedición solo genera responsabilidad disciplinaria. La situación descrita debe ser investigada por la Oficina de Control de la Magistratura, razón por la cual, se remitirá copia de los actuados al órgano de control pertinente.Por otro lado, esta Sala Penal Suprema observa que fluye prueba de cargo suficiente respecto a que DIOMENES CÓRDOVA AMASIFUÉN intervino materialmente en el robo atribuido.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 002288-2019, resolución del 15 de marzo de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=04152b31-4e6a-499d-a054-4a70777d5629.

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