EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002630-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 14 de julio de 2026
- Expediente
- 002630-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Casación excepcional admisible solo en cuanto al tópico: plazo razonable. I. En defensa del ius constitutionis, es necesario verificar la interpretación correcta de la norma adjetiva, contenida en el artículo 287.2 del CPP que fija las condiciones temporales de las medidas de comparecencia restringida a partir de la modificación de la Ley 32130, lo cual tiene incidencia favorable de la pretensión doctrinaria frente al caso, alcanzando el interés casacional, suficiente para determinar si &&ión judicial. El derecho humano al plazo "las medida"las medidas de restricción de la comparecencia deben tener plazo de duración judicial. El derecho humano al plazo razonable exige que una medida limitativa de la libertad tenga duración establecida por el juez, al existir omisión legal. El recurso de casación se admite solo en este extremo, por la causal constitucional del artículo 429
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002630-2023, resolución del 14 de julio de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=01d9c76d-6e32-4346-b8b3-06a40bdae490.