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EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000086-2025

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
13 de julio de 2026
Expediente
000086-2025
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

La excepción de improcedencia de acción se basaba en que por la modificación del artículo 317 del Código Penal, por la Ley 32108, que convertían en atípica la imputación del Ministerio Publico por el delito de Organización Criminal, almargen que el Ministerio Publico ya formalizó un requerimiento acusatorio;debe desestimarse porque los argumentos del recurso de apelación no desvirtúan los fundamentos del auto impugnado, porque: (i) se ha dilucidado la norma más favorable al recurrente que resulta ser el artículo 317 del Código Penal bajo la modificatoria de la Ley 32138; (ii) la aplicación del principio de retroactividadbenigna de las leyes comprende a la ley vigente al tiempo de la comisión delhecho delictivo con la ley vigente al tiempo en que el órgano jurisdiccionalresuelve, quedando excluidas las leyes intermedias por no estar vigentes; (iii) la imposibilidad procesal resolver la excepción de improcedencia de acción del tipo penal de organización criminal separadamente de los delitos fines yaconsumados al que esta intrínsecamente vinculados

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000086-2025, resolución del 13 de julio de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=00afcad0-2dea-45a2-b1aa-3f5bd88ffd8e.

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