EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001437-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/11/2021 · Exp. 001437-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/11/2021 · Exp. 001437-2019
Sumilla. Los agravios expresados por el recurrente no son de recibo, pues no existe una afectación al principio acusatorio. Sin embargo, se observa que el acusado se acogió a los alcances de la conclusión anticipada del proceso empero se omitió otorgarle el beneficio premial al momento de establecer la pena.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 27/10/2021 · Exp. 001662-2019
Sumilla. Los agravios expresados por el recurrente no son de recibo, pues no existe una afectación al principio acusatorio, menos aún al principio de legalidad, asimismo, la valoración probatoria efectuada expresada en la motivación de la sentencia impugnada, da razones suficientes de la condena efectuada, por lo que es del caso confirmar la misma.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/10/2021 · Exp. 001433-2019
Sumilla. La valoración probatoria expuesta en la sentencia recurrida no es adecuada, por lo que, corresponde declarar nula la citada resolución y proceder al desarrollo de un nuevo juicio oral a cargo de otra Sala Penal de la Corte Superior de origen.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 01/09/2021 · Exp. 001600-2019
Sumilla. La valoración probatoria efectuada por la Sala Superior es correcta, en consecuencia, la responsabilidad penal de la recurrente se encuentra plenamente acreditada.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/08/2021 · Exp. 001626-2019
Sumilla. Los agravios expresados por el recurrente no son de recibo, pues no existe una afectación al principio acusatorio, menos aún al principio de legalidad, asimismo, la valoración probatoria efectuada expresada en la motivación de la sentencia impugnada, da razones suficientes de la condena efectuada, por lo que es del caso confirmar la misma.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/08/2021 · Exp. 000560-2019
Sumilla. La sentencia recurrida es conforme, pues los medios probatorios actuados en juicio oral acreditan la responsabilidad penal del acusado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 27/07/2021 · Exp. 000447-2020
Sumilla. Es inadmisible el recurso de casación interpuesto por el recurrente, si en su postulación no cumplió con la especial fundamentación que se exige para la procedencia excepcional de la casación, pues se observa que la propuesta solo es una posición discrepante con los jueces de instancia respecto a la valoración probatoria efectuada.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/07/2021 · Exp. 000775-2020
Sumilla. 1. La sentencia recurrida es conforme pues la Sala Superior valoró adecuadamente los medios probatorios actuados en juicio oral. 2. En el presente caso no corresponde el incremento de la sanción penal establecida para el sentenciado, en atención a que se cumple la finalidad regulada por el artículo IX del Título Preliminar del Código Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/07/2021 · Exp. 001174-2019
1. la principal prueba de cargo es de carácter personal y el testimonio ha sido, en lo esencial, preciso y circunstanciado. No hay duda que la agraviada fue atacada, lesionada levísimamente y que se le inmovilizó, lo que ocurrió en el interior de su domicilio. Existe al respecto prueba pericial y de intervención policial e incautación en el lugar de…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/06/2021 · Exp. 001867-2019
Valoración probatoria y dosificación de la sanción penal. Sumilla. 1. La sentencia recurrida es conforme pues la Sala Superior valoró adecuadamente los medios probatorios actuados en juicio oral. 2. En el presente caso no corresponde la rebaja de la sanción penal, en atención a que el Tribunal Superior aplicó debidamente el artículo 16º del Código Penal.