EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000272-2016
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/11/2016 · Exp. 000272-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/11/2016 · Exp. 000272-2016
El hecho punible imputado por el Fiscal a los encausados los mismos que fueron aceptados por el Colegiado Superior no se adecuan al delito de secuestro, sino al delito de coacción. Adecuado al hecho punible a esta nueva calificación jurídica, se advierte que la acción penal ya ha prescrito.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 08/11/2016 · Exp. 001396-2016
El delito de actos contra el pudor en menores. regulado en el artículo 176-A, se configura cuando el sujeto activo realiza sobre un menor de catorce años u obliga a éste a efectuar sobre sí mismo o tercero tocamientos indebidos en sus partes íntimas o actos libidinosos contrarios al pudor.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/09/2016 · Exp. 001783-2013
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/08/2016 · Exp. 000759-2015
La prueba indiciaria toma hechos acontecidos en la realidad (debidamente verificados), llamado dato cierto, y sobre ellos, a través de una inferencia lógica llega a establecer la responsabilidad del encausado en el hecho delictivo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/08/2016 · Exp. 000316-2016
La nueva calificación jurídica, en el presente caso el delito de violación sexual tipificado en el artículo 170 del Código Penal, modificado por la Ley Nº 26293, tiene como pena máxima ocho años. Desde la fecha en que ocurrieron los hechos, esto es, desde febrero de dos mil dos, hasta la actualidad, han transcurrido más de doce años, por lo…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/01/2016 · Exp. 003257-2014
En los supuestos de conformidad procesal, el Tribunal solo califica la tipicidad del hecho imputado o, de ser el caso, la concurrencia de cualquier circunstancia de exención de responsabilidad; por otro lado, la pena podrá graduarse entre un séptimo o menos de la pena que le correspondería al imputado por el delito que cometió.