EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000043-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/12/2016 · Exp. 000043-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/12/2016 · Exp. 000043-2015
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/12/2016 · Exp. 000105-2016
El delito fuente en el ilícito penal de Lavado de Activos Sumilla. La ley en el tema probatorio del delito fuente o delito previo no exige que se haya emitido una sentencia o previa condena por el delito del que proceden los bienes ni tampoco una decisión judicial al respecto, en cuanto una de las características del delito de Lavado…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/12/2016 · Exp. 003177-2014
Robo agravado Sumilla. Cabe declarar la nulidad de la sentencia absolutoria, en tanto el Tribunal de Instancia no efectuó una correcta apreciación de los hechos ni valoró en forma debida el material probatorio existente en autos.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/11/2016 · Exp. 003424-2014
La debida motivación de las resoluciones judiciales Sumilla. Se vulnera la debida motivación de las resoluciones judiciales cuando se afirma que no se encuentran probados los hechos usando frases genéricas, y sin que se explique el razonamiento (con cita y análisis de las pruebas) para alcanzar esa conclusión.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/11/2016 · Exp. 003074-2014
Robo agravado. Sumilla. Cabe declarar la nulidad de la sentencia absolutoria, en tanto el Tribunal de Instancia no efectuó una correcta apreciación de los hechos ni valoró en forma debida el material probatorio existente en autos.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/06/2016 · Exp. 001366-2014
Nulidad de la sentencia recurrida Sumilla. El Tribunal de Instancia no efectuó una debida apreciación del evento sub exámine ni evaluó debidamente el material probatorio existente, a fin de establecer o descartar con certeza la responsabilidad del acusado, por lo que debe declararse la nulidad y realizarse un nuevo juicio oral por otro Colegiado.