EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Extradición Activa N.º 000010-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/12/2018 · Exp. 000010-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/12/2018 · Exp. 000010-2018
Las relaciones extradicionales entre las repúblicas de Italia y Perú se hallan regidas por el tratado de extradición respectivo. El cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo quinientos dieciocho del Código Procesal Penal, determina su procedencia.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/12/2018 · Exp. 000116-2018
Sumilla: Se declara procedente la solicitud de extradición activa, formulada a la República de Italiana, en virtud del Tratado de Extradición celebrado entre los Gobiernos de las República de Perú e Italia; así como, en aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, suscrita en Viena. La acción penal para el delito…
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/08/2018 · Exp. 000093-2018
Las relaciones de extradición se hallan reguladas en el tratado de extradición competente. Si la solicitud de extradición cumple con los requisitos previstos en el artículo quinientos dieciocho del Código Procesal Penal, corresponde declarar su procedencia.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 25/07/2018 · Exp. 000089-2018
El reclamado en la audiencia de control de extradición expresó su libre y expreso consentimiento a ser extraditado.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/01/2018 · Exp. 000142-2017
Presupuestos del tratado de extradición. Sumilla. El tratado de extradición entre la república del Perú y la de Italia, regula como presupuestos necesarios para su procedencia, que el delito materia de demanda, cumpla con el principio de la doble incriminación, no se trate de un delito político ni haya operado respecto del mismo, la prescripción de la acción penal.