EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001439-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/04/2019 · Exp. 001439-2018
Conforme a los numerales 1 y 2 del artículo 428 del Código Procesal Penal, se deberá desestimar el recurso de casación cuando el recurrente reitera cuestionamientos ya planteados en el recurso de apelación, que fueron absueltos en su oportunidad por la sentencia de vista.