EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000187-2017
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/03/2018 · Exp. 000187-2017
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/03/2018 · Exp. 000187-2017
Cuando se invoca la casación excepcional el recurrente deberá consignar adicional y puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende, de conformidad con lo establecido en el inciso tres, del artículo cuatrocientos treinta, del Código Procesal Penal, caso contrario deberá declararse inadmisible el recurso interpuesto.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/03/2018 · Exp. 001133-2017
Cuando se invoca la casación excepcional el recurrente deberá consignar adicional y puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende, de conformidad con lo establecido en el inciso tres, del artículo cuatrocientos treinta, del Código Procesal Penal, caso contrario deberá declararse inadmisible el recurso interpuesto.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/01/2018 · Exp. 000091-2017
El casacionista busca una nueva valoración de hechos y pruebas, por lo que pretende que este Colegiado Supremo opere como una tercera instancia; que no es compatible con la naturaleza del medio impugnatorio interpuesto.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/01/2018 · Exp. 001356-2017
Sumilla. Los argumentos alegados como sustento de su recurso de casación resultan ser, en parte, los mismos que en su recurso de apelación (referidos a la alegación de inocencia y motivación aparente), que ya han sido materia de pronunciamiento. Solicita una revaloración de pruebas, lo que no corresponde a la casación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/01/2018 · Exp. 001207-2016
La Sala Penal de la Corte Suprema declarará la inadmisibilidad del recurso cuando carezca manifiestamente de fundamentos.