EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000127-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/11/2019 · Exp. 000127-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/11/2019 · Exp. 000127-2019
DECISIÓNPor estos fundamentos, declararon: I.IMPROCEDENTE la demanda de revisión de sentencia interpuesta por el sentenciado JUAN CARLOS RAMOS NUÑEZ, contra la sentencia del dieciocho de junio de dos mil catorce, emitida por la Tercera Sala Penal con Reos en Cárcel - Colegiado &. II.", de la Corte Superior de Justicia de Lima, que lo condenó como autor del delito de…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/07/2019 · Exp. 000014-2019
Revaloración probatoria. El recurrente invoca prueba nueva, pero la documentación presentada no constituye nueva prueba ni posee virtualidad probatoria para enervar la autoridad de cosa juzgada. La revaloración de los medios de prueba no es una causal de procedencia de la acción de revisión de sentencia.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/06/2019 · Exp. 000523-2018
Revaloración probatoria. El recurrente invoca la causal 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal, pero la documentación presentada no constituye nueva prueba ni posee virtualidad probatoria para enervar la autoridad de cosa juzgada. La revaloración de los medios de prueba no es una causal de procedencia de la acción de revisión de sentencia.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/06/2019 · Exp. 001764-2018
En sede de casación no puede denunciarse una supuesta incorrección del resultado probatorio e, indirectamente, postularse una valoración autónoma de la prueba actuada. La casación no es un doble juicio sobre el hecho, sino un juicio sobre el juicio realizado por la Sala de Apelación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/05/2019 · Exp. 001818-2018
Desde los argumentos de la casación esgrimidos lo que se denuncia es, en pureza, el resultado probatorio, esto es, la declaración de hechos probados, lo que -según estima el accionante- no corresponde porque los medios probatorios son insuficientes. No puede confundirse una motivación deficiente (aparente o ilógica) con una motivación presuntamente errónea (razón de juicios discrepantes por las partes).