EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000638-2015
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/08/2015 · Exp. 000638-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/08/2015 · Exp. 000638-2015
En atención a la gravedad de los hechos, este Supremo Tribunal considera que la sanción debió ser mayor, empero, no es del caso entrar a un análisis sobre algún supuesto de incremento punitivo, pues ello no es posible al no haber recurrido la sentencia el representante del Ministerio Público, por lo que en virtud del principio de la no reforma…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/07/2015 · Exp. 002226-2014
La manifestación uniforme, coherente y verosímil del agraviado constituye prueba suficiente para sustentar una condena.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/06/2015 · Exp. 001800-2014
El testimonio de la víctima cuando se erige en prueba de cargo, está sujeto a la hora de su valoración a unos criterios, como son los de ausencia de incredibilidad, verosimilitud del testimonio, persistencia en la incriminación y existencia de corroboraciones externas a esa declaración incriminatoria, parámetros minimos de contraste establecidos como pautas lógicas y criterios orientativos que ayudan a…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/03/2015 · Exp. 003505-2014
No obstante que en dos declaraciones existen diferencias sobre los hechos, el hecho principal, que es la existencia de abuso sexual, no ha variado. La víctima busca olvidar los hechos traumáticos, lo que incidirá en su declaración, de ahí que no se le pueda exigir una certeza y pormenorización de todas lascircunstancias del delito.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/01/2015 · Exp. 000872-2014
Por imperio del artículo 300 del Código de Procedimientos Penales, que reconoce el principio de non reformatio in peius, no procede incrementar la dimensión de la pena impuesta al procesado cuando el representante del Ministerio Público consintió la sentencia, al no haber formulado recurso impugnatorio.