EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 003050-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/06/2017 · Exp. 003050-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/06/2017 · Exp. 003050-2015
La sindicación de la menor agraviada es prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que ostenta el acusado, de conformidad con lo establecido en el fundamento jurídico décimo, del Acuerdo Plenario número 2-2005/CJ-116, del treinta de septiembre de dos mil cinco.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/05/2017 · Exp. 002130-2015
La sindicación de la menor agraviada es medio de prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que ostenta el imputado; de conformidad con el fundamento jurídico décimo, del Acuerdo Plenario número 2-2005/CJ-116, del treinta de septiembre de dos mil cinco.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/03/2017 · Exp. 000484-2015
La sindicación de la menor agraviada es prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia que ostenta el acusado, de conformidad con lo establecido en el fundamento jurídico décimo, del Acuerdo Plenario número 2-2005/CJ-116, del treinta de septiembre dos mil cinco.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/03/2017 · Exp. 000426-2015
La sindicación de la menor agraviada es prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que ostenta el acusado, de conformidad con lo establecido en el fundamento jurídico décimo, del Acuerdo Plenario número 2-2005/CJ-116, del treinta de septiembre dos mil cinco.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/01/2017 · Exp. 000435-2015
La persistencia de la imputación de la menor agraviada constituye medio de prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que ostenta el encausado, si en ella concurren los presupuestos señalados en el fundamento jurídico 10, del Acuerdo Plenario número 2-2005/CJ-116, del treinta de septiembre de dos mil cinco.