EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000210-2016
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/11/2016 · Exp. 000210-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/11/2016 · Exp. 000210-2016
La acción de revisión resulta improcedentecuando los agravios planteados constituyen, en puridad, una revaloración de la prueba ya incorporada y valorada oportunamente en el juicio, pues la función del Juez es correlacionar la misma con los nuevos elementos probatorios, con el fin de apreciar si el resultado del análisis modifica el sentido de la decisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/09/2016 · Exp. 000104-2016
La acción de revisión resulta improcedente cuando los agravios planteados constituyen, en puridad, una revaloración de la prueba ya incorporada y valorada oportunamente en el juicio. Asimismo, se debe precisar que las declaraciones juradas y/o notariales, son medios probatorios con presunción iuris tantum; es decir, que admiten prueba en contrario, no constituyendo un medio de prueba absoluto capaz de…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/08/2016 · Exp. 000150-2016
La acción de revisión resulta improcedentecuando los agravios planteados constituyen, en puridad, una revaloración de la prueba ya incorporada y valorada oportunamente en el juicio. Asimismo, se debe precisar que las declaraciones juradas, son medios probatorios con presunción iuris tantum; es decir, que admiten prueba en contrario, no constituyendo un medio de prueba absoluto capaz de enervar otros medio de…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/01/2016 · Exp. 000191-2015
Declararon improcedente porque no cumple con el presupuesto establecido en el numeral 5 del artículo 361 del Código de Procedimientos Penales, esto es, no constituye nueva prueba la declaración ofrecida.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/11/2015 · Exp. 000136-2013
La documentación adjuntada a la demanda no es prueba nueva que desvirtúe el juicio de culpabilidad arribado en las sentencias impugnadas, porque con ella se pretende amparar la retractación de la víctima, que fuese materia de ponderación en dichas sentencias.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/09/2015 · Exp. 000197-2015
Cabe destacar que, si bien el recurrente sustentó su petitorio en el supuesto de la prueba nueva, se aprecia que, concretamente, su argumentación está dirigida a obtener un reexamen de lo decidido.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/08/2015 · Exp. 000101-2015
El sentenciado pese haber invocado la causal de procedencia referida a hechos o medios de pruebas nuevos. adjunta medios probatorios completamente inconducentes que en nada ayudan a determinar su inocencia, ni nos permite inferir que él no cometió el ilícito por el cual fue condenado; motivo por el cual no se configura la causal de procedencia invocada, debiéndose rechazar de…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/07/2015 · Exp. 000021-2014
La documentación adjuntada a la demanda no constituye prueba nueva que desvirtúe el juicio de culpabilidad arribado en las sentencias impugnadas, porque con ella se pretende amparar la retractación de la víctima que fuese materia de ponderación en dichas sentencias.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/06/2015 · Exp. 000108-2015
La revisión de sentencia no procede cuando los documentos presentados, como sustento de pretensión, no constituyen material de prueba nuevo e idóneo que haga variar la decisión de la condena y tengan como finalidad la revaloración de la prueba ya incorporada y valorada oportunamente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/05/2015 · Exp. 000013-2015
Las declaraciones juradas presentadas por el sentenciado como prueba nueva, en nada enervan las pruebas actuadas durante el juzgamiento por lo tanto carecen de valor probatorio, dado que por su propia naturaleza no constituyen prueba como aquéllas que han sido introducidas al debate contradictorio propio del juicio oral.